Cláusulas anti-covid en los contratos de arrendamiento

por | 22 enero 2021 | Con­su­mi­do­res, Inmo­bi­lia­rio

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Artículo publi­cado ori­gi­nal­mente en Com­pa­ñías de Luz by Paper­nest.


En la situa­ción actual de pan­de­mia, inser­tar una cláu­sula en el con­trato de alqui­ler para pro­te­gerse de los movi­mien­tos del mer­cado y eco­nó­mi­cos cau­sa­dos por el covid puede ser una estra­te­gia gana­dora. Pero, ¿en qué con­siste esta cláu­sula anti-covid y cómo fun­ciona?

La incertidumbre del mercado y la importancia del ahorro en gastos

La cláu­sula covid o cláu­sula de sal­va­guar­dia es una cláu­sula que sirve para pro­te­ger a quie­nes quie­ran alqui­lar una pro­pie­dad de lo ines­pe­rado que pueda suce­der debido a la pan­de­mia. Ya sea una per­sona física que busca vivienda o un empren­de­dor que quiera empe­zar su pro­pio nego­cio.

En un mer­cado tan com­plejo e incierto como el actual, las diver­sas ofer­tas están influen­cia­das por muchos fac­to­res y es por ello que merece la pena pres­tar la debida aten­ción a la segu­ri­dad del hogar y la car­tera, inten­tando limi­tar los gas­tos y aho­rrar dinero donde sea posi­ble.

La cláu­sula tiene por objeto pro­te­ger a ambas par­tes de situa­cio­nes de incer­ti­dum­bre o riesgo, o aque­llas con­tin­gen­cias de fuerza mayor que pue­dan ocu­rrir fuera de su volun­tad

De hecho, ahora todos los gas­tos se han vuelto rele­van­tes. Enton­ces, ¿por qué no inten­tar pro­te­gerse tam­bién en rela­ción al alqui­ler, la elec­tri­ci­dad y el gas? Poder aho­rrar en su fac­tura no es poca cosa.

¿Qué es la cláusula covid en detalle?

La cláu­sula covid per­mite rene­go­ciar, sus­pen­der o redu­cir la renta en caso de un evento de fuerza mayor, pre­visto o no, como el cie­rre for­zado a causa de la pro­pa­ga­ción del virus.

La cláu­sula tiene por objeto pro­te­ger a ambas par­tes de situa­cio­nes de incer­ti­dum­bre o riesgo, o aque­llas con­tin­gen­cias de fuerza mayor que pue­dan ocu­rrir fuera de la volun­tad.

Hasta la fecha, la cláu­sula covid está con­tem­plada en el con­texto de cam­bios repen­ti­nos cau­sa­dos por medi­das para com­ba­tir la pan­de­mia que se lan­zan con fre­cuen­cia en res­puesta a las emer­gen­cias sani­ta­rias.

Protección del alquiler para negocios

Con res­pecto al con­texto de los arren­da­mien­tos para nego­cios, el arren­da­ta­rio cuyo nego­cio está cerrado o que está sujeto a las res­tric­cio­nes puede soli­ci­tar inser­tar una cláu­sula espe­cí­fica en su con­trato de alqui­ler. Por tanto, esta cláu­sula puede acti­var una sus­pen­sión o rene­go­cia­ción del con­trato o pre­ver una reduc­ción del alqui­ler en caso de fuerza mayor.

La cláu­sula debe inser­tarse antes de cum­plir el con­trato, seña­lando el riesgo para uno mismo (es decir, para el pro­pio nego­cio) de estar sujeto a las res­tric­cio­nes impues­tas. Una vez hecho esto, puede soli­ci­tar la inclu­sión de la cláu­sula en el con­trato.

En el caso de un con­trato en curso, la situa­ción se com­plica. Con los con­tra­tos ante­rio­res a marzo de 2020, no existe una situa­ción de refe­ren­cia pre­via y, por tanto, es raro que exista una cláu­sula de sal­va­guar­dia. Esto sig­ni­fica una falta de pro­tec­ción para los con­tra­tos fir­ma­dos antes de la pan­de­mia.

Para los con­tra­tos ante­rio­res a Covid, se debe bus­car un acuerdo con el pro­pie­ta­rio rene­go­ciando y mediando.

En ese caso, las dos par­tes pue­den reu­nirse y bus­car una solu­ción. En el ámbito regu­la­to­rio, la situa­ción es com­pleja ya que no existe un cua­dro único, de hecho algu­nas sen­ten­cias se han basado en el caso de fuerza mayor, pero muchas otras han recha­zado la soli­ci­tud.

Enton­ces, para los con­tra­tos ante­rio­res a la apa­ri­ción del covid, se debe bus­car un acuerdo con el pro­pie­ta­rio rene­go­ciando y mediando.

Los con­tra­tos comer­cia­les gene­ral­mente tie­nen una dura­ción mayor que los de uso resi­den­cial e invo­lu­cran cifras más altas. Por tanto, es nece­sa­rio que los con­tra­tos de arren­da­miento comer­cial con­ten­gan una cláu­sula espe­cí­fica adap­tada al caso en fun­ción de las acti­vi­da­des, las con­se­cuen­cias de un posi­ble cie­rre y las medi­das a tomar en el caso.

Para un res­tau­rante, hoy en día es fun­da­men­tal inser­tar una cláu­sula de fuerza mayor para poder pro­te­gerse en caso de cie­rres impues­tos por medi­das anti­con­ta­gio. Dado que las res­tric­cio­nes impues­tas son dife­ren­tes, es bueno esti­pu­lar una cláu­sula que per­mita una rene­go­cia­ción fle­xi­ble en fun­ción de la situa­ción.

Protección para gastos de energía y servicios públicos

Si bien no existe una cláu­sula espe­cí­fica que per­mita el mismo nivel de pro­tec­ción para los gas­tos rela­cio­na­dos con su pro­pie­dad, ya sea alqui­lada o pro­pia, aho­rrar en factu­ras no es difí­cil en este momento de gran difi­cul­tad.

El pri­mer paso es saber nave­gar por los dife­ren­tes ele­men­tos que inci­den en la fac­tura para apren­der a leerla y com­pren­der qué aspec­tos tie­nen mayor impacto en el gasto final.

Un segundo paso es mirar el mer­cado, fácil­mente te darás cuenta de cuán­tos pro­vee­do­res están pro­po­niendo solu­cio­nes a pre­cios fijos y blo­quea­dos que pue­den ser con­ve­nien­tes en una fase en la que, como te ves obli­gado a que­darte en casa, el con­sumo de kWh aumenta inevi­ta­ble­mente.

De hecho, la ener­gía influye en un sin­fín de aspec­tos de nues­tra vida dia­ria y sus efec­tos reper­cu­ten en muchas face­tas, desde la cocina hasta el ocio, desde el tra­bajo hasta la lim­pieza. Cono­cer y com­pren­der el pro­pio con­sumo y saber regu­lar los gas­tos es, por tanto, de vital impor­tan­cia.

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