Golden Visa: ¿existe alguna relación directa con el blanqueo de capitales?

por | 15 abril 2024

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¿Existe alguna rela­ción entre la Golden Vsa y el blan­queo de capi­ta­les?
¿O el anun­cio del Gobierno solo es un indi­cio más de la falta de capa­ci­dad para pre­ve­nir la cri­mi­na­li­dad eco­nó­mica inter­con­ti­nen­tal?
¿Qué con­se­cuen­cias nega­ti­vas, tanto eco­nó­mi­cas como cul­tu­ra­les, traerá?

Golden Visa en España

La Gol­den Visa es el per­miso de resi­den­cia para ciu­da­da­nos no per­te­ne­cien­tes a la Unión Euro­pea que implica rea­li­zar una inver­sión sig­ni­fi­ca­tiva en España.

El Gobierno de España, pre­si­dido por el Par­tido Popu­lar, aprobó en 2013 la Gol­den Visa con el obje­tivo de atraer la inver­sión extran­jera tras la cri­sis eco­nó­mica.

Las inver­sio­nes que cali­fi­can para este pro­grama inclu­yen:

  1. Una inver­sión de al menos qui­nien­tos mil euros en bie­nes inmue­bles
  2. Una inver­sión de al menos dos millo­nes de euros en deuda pública espa­ñol
  3. Una inver­sión de al menos un millón de euros en accio­nes o par­ti­ci­pa­cio­nes de empre­sas espa­ño­las o depó­si­tos ban­ca­rios en enti­da­des finan­cie­ras espa­ño­las
  4. La rea­li­za­ción de un pro­yecto empre­sa­rial en España con­si­de­rado de inte­rés gene­ral

Los soli­ci­tan­tes tam­bién deben cum­plir con cier­tos requi­si­tos:

  • No tener ante­ce­den­tes pena­les en España o en los paí­ses donde han resi­dido en los últi­mos cinco años,
  • Tener seguro de salud en España, y
  • Con­tar con recur­sos eco­nó­mi­cos sufi­cien­tes para ellos y sus fami­lia­res

Países de la Unión Europea que también ofrecen la Golden Visa

Varios paí­ses euro­peos ofre­cen pro­gra­mas de Gol­den Visa que per­mi­ten a inver­so­res extran­je­ros obte­ner la resi­den­cia a cam­bio de una inver­sión sig­ni­fi­ca­tiva. Algu­nos de estos paí­ses son:

  • Por­tu­gal (uno de los pro­gra­mas más cono­ci­dos). Ofrece la Gol­den Visa a tra­vés de inver­sio­nes en bie­nes raí­ces, fon­dos de capi­tal de riesgo, crea­ción de empleo, entre otros.
  • Gre­cia. Ofrece la Gol­den Visa a tra­vés de inver­sio­nes en bie­nes raí­ces, depó­si­tos ban­ca­rios, bonos esta­ta­les y más.
  • Malta. Ofrece la Resi­den­cia de Inver­sión Indi­vi­dual (Indi­vi­dual Inves­tor Pro­gramme, IIP) que otorga la ciu­da­da­nía a los inver­so­res que cum­plen con cier­tos requi­si­tos.
  • Ita­lia. Tiene un pro­grama de visa para inver­so­res que per­mite la resi­den­cia a tra­vés de inver­sio­nes en empre­sas, bonos guber­na­men­ta­les, bie­nes raí­ces y otras opcio­nes.
  • Hun­gría: Ofrece una Resi­den­cia por Inver­sión a tra­vés de la com­pra de bonos del gobierno hún­garo.

Estos son solo algu­nos ejem­plos de paí­ses euro­peos que ofre­cen pro­gra­mas de Gol­den Visa para inver­so­res extran­je­ros con requi­si­tos pro­pios y con­di­cio­nes espe­cí­fi­cas.

Golden Visa en Estados Unidos de América

En los Esta­dos Uni­dos no existe un pro­grama espe­cí­fico cono­cido como Gol­den Visa como los que se encuen­tran en algu­nos paí­ses euro­peos. Sin embargo, hay varias for­mas en las que los inver­so­res extran­je­ros pue­den obte­ner la resi­den­cia o incluso la ciu­da­da­nía a tra­vés de inver­sio­nes en el país.

Estas opcio­nes inclu­yen:

  1. EB‑5 Visa: Esta es una de las for­mas más cono­ci­das de obte­ner la resi­den­cia per­ma­nente en los Esta­dos Uni­dos a tra­vés de la inver­sión. El pro­grama EB‑5 requiere una inver­sión de al menos un millón de dóla­res en un nuevo nego­cio comer­cial en los Esta­dos Uni­dos que cree al menos 10 empleos a tiempo com­pleto para tra­ba­ja­do­res esta­dou­ni­den­ses o qui­nien­tos mil dóla­res si la inver­sión se rea­liza en un área de empleo espe­cí­fica con altas tasas de des­em­pleo o en áreas desig­na­das como rura­les.
  2. Visa E‑2: Esta visa de no inmi­grante per­mite a los ciu­da­da­nos de cier­tos paí­ses con tra­ta­dos comer­cia­les con los Esta­dos Uni­dos ingre­sar y tra­ba­jar en el país mediante la inver­sión en un nego­cio exis­tente o nuevo. Aun­que la visa E‑2 no con­duce direc­ta­mente a la resi­den­cia per­ma­nente (green card), puede reno­varse inde­fi­ni­da­mente mien­tras el inver­sio­nista con­ti­núe ope­rando el nego­cio.
  3. Visa EB-1C para geren­tes y eje­cu­ti­vos: Esta visa está des­ti­nada a geren­tes y eje­cu­ti­vos de empre­sas mul­ti­na­cio­na­les que deseen trans­fe­rirse a una filial, sub­si­dia­ria o afi­liada en los Esta­dos Uni­dos. Aun­que esta visa no requiere una inver­sión espe­cí­fica, implica la trans­fe­ren­cia de un empleado clave de una empresa extran­jera a una empresa rela­cio­nada en los Esta­dos Uni­dos.

Si bien estos pro­gra­mas no se deno­mi­nan espe­cí­fi­ca­mente como Gol­den Visa, cum­plen una fun­ción simi­lar al pro­por­cio­nar una vía para que los inver­so­res extran­je­ros obten­gan la resi­den­cia o la ciu­da­da­nía a tra­vés de las inver­sio­nes en los Esta­dos Uni­dos. Cada pro­grama tiene sus pro­pios requi­si­tos y pro­ce­sos espe­cí­fi­cos que los inver­sio­nis­tas deben cum­plir.

Relación entre el blanqueo de capitales y la Golden Visa

Ahora bien, ¿existe real­mente una rela­ción directa entre la Gol­den Visa y el delito de blan­queo de capi­ta­les, o solo es un indi­cio más de la falta de capa­ci­dad del gobierno para pre­ve­nir la cri­mi­na­li­dad orga­ni­zada inter­con­ti­nen­tal?

La rela­ción entre el blan­queo de capi­ta­les y la Gol­den Visa no es directa en todos los casos, pero sí existe como en cual­quier tipo de ope­ra­ción «la posi­bi­li­dad de que se uti­lice este tipo de visado como un medio para acti­vi­da­des ilí­ci­tas como el lavado de dinero».

El blan­queo de capi­ta­les, como todos sabe­mos, implica el pro­ceso de con­ver­tir ganan­cias obte­ni­das de acti­vi­da­des ile­ga­les en acti­vos apa­ren­te­mente legí­ti­mos. La adqui­si­ción de pro­pie­da­des mediante la Gol­den Visa podría uti­li­zarse como un método para blan­quear dinero, ya que la inver­sión apa­ren­te­mente legí­tima en bie­nes raí­ces podría ocul­tar el ori­gen ilí­cito de los fon­dos.

Si bien no todos los casos de Gol­den Visa están rela­cio­na­dos con el blan­queo de capi­ta­les, la posi­bi­li­dad de que se uti­lice con este fin ha sido motivo de preo­cu­pa­ción y escru­ti­nio regu­la­to­rio en varios paí­ses. Por lo tanto, se han imple­men­tado con­tro­les más estric­tos y medi­das de dili­gen­cia debida para evi­tar el uso inde­bido de la Gol­den Visa en acti­vi­da­des ilí­ci­tas, incluido el blan­queo de capi­ta­les.

Según datos admi­nis­tra­ti­vos del año 2023, la Gol­den Visa atraía anual­mente a España inver­sio­nes extran­je­ras por valor de 580 millo­nes de euros, siendo el 94% de estas inver­sio­nes des­ti­na­das a la com­pra de vivien­das. En con­se­cuen­cia, la eli­mi­na­ción de este visado impli­cará una pér­dida de apro­xi­ma­da­mente 550 millo­nes de euros anua­les en inver­sión inmo­bi­lia­ria para España.

La abo­li­ción de la Gol­den Visa en España des­plaza el inte­rés de las for­tu­nas extran­je­ras hacia otros paí­ses que aún ofre­cen este tipo de visado como Ita­lia, Gre­cia, Malta o Hun­gría, des­ta­cando espe­cial­mente los dos pri­me­ros.

Pedro Sán­chez, pre­si­dente del Gobierno, anun­ció la eli­mi­na­ción de este per­miso de resi­den­cia durante su visita a Dos Her­ma­nas (Sevi­lla) el pasado lunes. Este visado, esta­ble­cido en 2013, per­mi­tía a no comu­ni­ta­rios obte­ner resi­den­cia al adqui­rir una pro­pie­dad por más de 500.000 euros en España. La medida guber­na­men­tal busca mode­rar el mer­cado inmo­bi­lia­rio y mejo­rar el acceso a la vivienda.

Futu­ras con­se­cuen­cias de la deci­sión del gobierno de can­ce­lar este tipo de per­mi­sos:

  1. Reduc­ción de la inver­sión extran­jera: La Gol­den Visa a menudo atrae inver­sio­nes extran­je­ras sig­ni­fi­ca­ti­vas, ya sea en bie­nes raí­ces u otros sec­to­res de la eco­no­mía. Al eli­mi­nar el pro­grama, es pro­ba­ble que se reduzca la entrada de capi­tal extran­jero, lo que podría afec­tar nega­ti­va­mente al mer­cado inmo­bi­lia­rio y otros sec­to­res que depen­den de inver­sio­nes extran­je­ras.
  2. Impacto en el mer­cado inmo­bi­lia­rio: La Gol­den Visa a menudo está vin­cu­lada a la com­pra de pro­pie­da­des inmo­bi­lia­rias por parte de inver­so­res extran­je­ros. La eli­mi­na­ción del pro­grama podría lle­var a una dis­mi­nu­ción en la demanda de pro­pie­da­des, lo que podría pro­vo­car una des­ace­le­ra­ción en el mer­cado inmo­bi­lia­rio y, poten­cial­mente, una caída en los pre­cios de las pro­pie­da­des.
  3. Menos ingre­sos fis­ca­les: La Gol­den Visa aporta ingre­sos sig­ni­fi­ca­ti­vos a tra­vés de tari­fas de soli­ci­tud y otros impues­tos aso­cia­dos con las tran­sac­cio­nes inmo­bi­lia­rias rea­li­za­das por inver­so­res extran­je­ros. Al eli­mi­nar el pro­grama, el gobierno podría expe­ri­men­tar una reduc­ción en los ingre­sos fis­ca­les aso­cia­dos con estas inver­sio­nes.
  4. Impacto en el sec­tor de la cons­truc­ción: La dis­mi­nu­ción de la demanda de pro­pie­da­des debido a la eli­mi­na­ción de la Gol­den Visa podría afec­tar nega­ti­va­mente al sec­tor de la cons­truc­ción, ya que habría menos pro­yec­tos inmo­bi­lia­rios en curso y una menor nece­si­dad de mano de obra en este sec­tor.
  5. Efec­tos en el empleo y el cre­ci­miento eco­nó­mico: La reduc­ción de la inver­sión extran­jera y la dis­mi­nu­ción en el sec­tor inmo­bi­lia­rio podrían tener efec­tos nega­ti­vos en el empleo y el cre­ci­miento eco­nó­mico en gene­ral. Menos inver­sión extran­jera podría tra­du­cirse en menos opor­tu­ni­da­des de empleo y un menor impulso eco­nó­mico en tér­mi­nos de cre­ci­miento y desa­rro­llo.
  6. Impacto en el turismo: La Gol­den Visa no solo atrae inver­sio­nes extran­je­ras direc­tas, sino que tam­bién puede aumen­tar el inte­rés de los inver­so­res en visi­tar el país y explo­rar opor­tu­ni­da­des de inver­sión. Al eli­mi­nar el pro­grama, podría haber un impacto nega­tivo en el turismo de inver­sión, lo que podría afec­tar los ingre­sos gene­ra­dos por el turismo en gene­ral.
  7. Reduc­ción del con­sumo: La inver­sión extran­jera a menudo tiene efec­tos secun­da­rios posi­ti­vos en la eco­no­mía local, como el aumento del con­sumo en sec­to­res como el comer­cio mino­rista, la hos­te­le­ría y el entre­te­ni­miento. La eli­mi­na­ción de la Gol­den Visa podría lle­var a una dis­mi­nu­ción en el con­sumo, ya que habría menos inver­so­res extran­je­ros y sus fami­lias gas­tando en bie­nes y ser­vi­cios loca­les.
  8. Impacto en la balanza de pagos: La Gol­den Visa puede con­tri­buir a mejo­rar la balanza de pagos de un país al atraer inver­sio­nes extran­je­ras que com­pen­san las impor­ta­cio­nes. Al eli­mi­nar el pro­grama, podría haber un impacto nega­tivo en la balanza de pagos, espe­cial­mente si la inver­sión extran­jera dis­mi­nuye sig­ni­fi­ca­ti­va­mente.
  9. Reper­cu­sio­nes en la com­pe­ti­ti­vi­dad glo­bal: La dis­po­ni­bi­li­dad de pro­gra­mas de Gol­den Visa puede mejo­rar la com­pe­ti­ti­vi­dad de un país al atraer inver­sión extran­jera y talento inter­na­cio­nal. La eli­mi­na­ción del pro­grama podría afec­tar la capa­ci­dad del país para com­pe­tir con otras nacio­nes que aún ofre­cen opcio­nes simi­la­res para inver­so­res extran­je­ros.

Conclusiones

La eli­mi­na­ción de la Gol­den Visa puede tener una serie de reper­cu­sio­nes eco­nó­mi­cas que van más allá de la inver­sión extran­jera directa.

En lo per­so­nal creo que esta medida solo indica la falta de capa­ci­dad del gobierno para pre­ve­nir la cri­mi­na­li­dad eco­nó­mica inter­con­ti­nen­tal y una medida suma­mente cues­tio­na­ble.

Hones­ta­mente creo que el gobierno está actuando de una manera infan­til y emo­cio­nal, toda vez que ya son bas­tan­tes las medi­das de due dili­gence que rodean a las ope­ra­cio­nes inmo­bi­lia­rias.

Al día de hoy, tam­poco existe al día de hoy un informe y/o seria inves­ti­ga­ción que acre­dite una rela­ción directa entre el delito de blan­queo de capi­ta­les y la Gol­den Visa.

Lo único cierto o real es que se cuenta con la pro­ba­bi­li­dad de uti­li­zar la Gol­den Visa como un medio para blan­quear capi­ta­les.

Por ultimo y menos per­ju­di­cial que ahu­yen­tar la inver­sión extran­jera, sería dotar a las Fis­ca­lías Espe­cia­li­za­das de mayo­res recur­sos para pre­ve­nir el blan­queo de capi­ta­les. 

Layla Manllauix

Layla Manllauix

Abo­gada

Abo­gada pena­lista, espe­cia­lista en Dere­cho Penal Eco­nó­mico y Cor­po­ra­tivo.

Ex fun­cio­na­ria pública en Poder Legis­la­tivo Eje­cu­tivo y Judi­cial de Argen­tina.

Com­pliance Offi­cer por la Uni­ver­si­dad de Sala­manca, España.

Actual­mente Legal Offi­cer en L2Group.

+34 685 708 539 | laylam@letra2.net

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