Arriesgar o conformarse: por qué Xabi Alonso ha sido absuelto y Cristiano Ronaldo no

por | 28 noviem­bre 2019 | Penal, Pro­ce­sal

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La figura de la con­for­mi­dad en el pro­ceso penal siem­pre ha sido muy con­tro­ver­tida, pues el acu­sado, sabe­dor de su ino­cen­cia, admite la comi­sión de hechos delic­ti­vos a cam­bio de reci­bir una pena menor que, en la mayo­ría de los casos, no implica cum­pli­miento en pri­sión. Ante la incer­ti­dum­bre del resul­tado de un jui­cio, se con­forma con un mal menor.

Este artículo ha sido publi­cado ori­gi­nal­mente en El Espa­ñol por uno de los mejo­res pena­lis­tas de España, José María de Pablo. Más allá de expli­car la dife­ren­cia entre este caso y los de otros fut­bo­lis­tas, nos apro­xima a la figura de la con­for­mi­dad.


En agosto de 2009, cinco días antes de fichar por el Real Madrid, cuando aún era juga­dor del Liver­pool y, por tanto, tenía su resi­den­cia fis­cal en el Reino Unido, Xabi Alonso cedió la explo­ta­ción de sus dere­chos de ima­gen para los cinco años siguien­tes a Kard­zali C.S.C.I. LDA, una socie­dad domi­ci­liada en Madeira que –al estar sujeta al Régi­men Fis­cal Espe­cial de Madeira— estaba exenta de impues­tos hasta 2012. A cam­bio de esa cesión, Kard­zali abonó al fut­bo­lista cinco millo­nes de euros, can­ti­dad acorde con la pre­vi­sión de ingre­sos que podría obte­ner esa socie­dad por la explo­ta­ción de los dere­chos.

Según la Fis­ca­lía y la Agen­cia Tri­bu­ta­ria esa cesión a favor de Kard­zali no fue real, sino simu­lada, y tenía el único pro­pó­sito de elu­dir la tri­bu­ta­ción en España de los ren­di­mien­tos obte­ni­dos por la explo­ta­ción de los dere­chos de ima­gen, por lo que acu­sa­ron al fut­bo­lista de tres deli­tos fis­ca­les y pidie­ron para él dos años y medio de pri­sión.

La Sen­ten­cia 672/2019 de la Sec­ción 30 de la Audien­cia Pro­vin­cial de Madrid absuelve al cen­tro­cam­pista tras con­si­de­rar pro­bado que la cesión de dere­chos fue real, hasta el punto de que fue la pro­pia socie­dad Kard­zali quien fac­turó desde enton­ces tanto a Adi­das como al Real Madrid por la explo­ta­ción comer­cial de esos dere­chos de ima­gen, o quien sub­con­trató a la socie­dad THE BEST OF YOU para nego­ciar la con­tra­ta­ción de los diver­sos anun­cios publi­ci­ta­rios que pro­ta­go­nizó el fut­bo­lista. Incluso refleja la sen­ten­cia que Kard­zali, como con­se­cuen­cia de este con­trato, tuvo un incre­mento de volu­men de nego­cio, realizó inver­sio­nes, y afrontó gas­tos de explo­ta­ción para el nor­mal desa­rro­llo de ese nego­cio.

Puede sor­pren­der al pro­fano el resul­tado de este jui­cio si tene­mos en cuenta que otros fut­bo­lis­tas en idén­tica situa­ción y con la misma ope­ra­tiva fis­cal (cesión de los dere­chos de ima­gen a una socie­dad extran­jera domi­ci­liada en un país con exen­ción fis­cal o baja tri­bu­ta­ción), como Cris­tiano Ronaldo, Modric, Diego Costa, Fal­cao, y una larga lista, acep­ta­ron la comi­sión del delito a cam­bio de una con­dena que no impli­caba su ingreso en pri­sión y el pago de una impor­tante suma eco­nó­mica.

El pro­blema es que la ins­ti­tu­ción de la con­for­mi­dad penal a veces se ha uti­li­zado por quien acusa como un meca­nismo para arran­car, mediante la ame­naza de una impor­tante pena, la con­fe­sión de quien se con­si­dera ino­cente.

Esta­mos hablando de fut­bo­lis­tas sin for­ma­ción jurí­dica que nunca sos­pe­cha­ron que las estruc­tu­ras fis­ca­les que les pro­po­nían sus ase­so­res –y a veces sus pro­pios clu­bes— pudie­ran ser ilí­ci­tas, y que, de pronto, se encuen­tran con una acu­sa­ción for­mal y una peti­ción de varios años de cár­cel. En esa situa­ción, y ante la oferta de una rebaja de la pena que les evite el ingreso en pri­sión, la mayo­ría opta­ron por con­fe­sar unos deli­tos de los que, me temo, se con­si­de­ran com­ple­ta­mente ino­cen­tes.

Esto no es nuevo. Un informe de la orga­ni­za­ción Pro­yecto Ino­cen­cia alertó de que, en Esta­dos Uni­dos, un alto por­cen­taje de los con­de­na­dos cuya ino­cen­cia se pudo pro­bar con la apa­ri­ción de las prue­bas de ADN habían sido con­de­na­dos tras con­fe­sar los hechos: ante la ame­naza de una peti­ción de pena de muerte, habían acep­tado con­fe­sar a cam­bio, a veces, de una cadena per­pe­tua, pese a saberse ino­cen­tes: cier­ta­mente, no parece fácil la deci­sión de arries­gar la vida y dejarla en manos de un jurado nor­te­ame­ri­cano.

En este caso, Xabi Alonso –que de haber sido con­de­nado a las penas que soli­citó la Fis­ca­lía habría tenido que ingre­sar en prisión‑, deci­dió arries­garse para defen­der su ino­cen­cia y le salió bien.

Una de las deci­sio­nes más difí­ci­les para un abo­gado hon­rado llega en el momento de acon­se­jar a su cliente –tan­tas veces ino­cente— si le con­viene ir a jui­cio y defen­der su ino­cen­cia o si, por el con­tra­rio, debe­ría acor­dar una con­for­mi­dad con el Fis­cal.

Aun­que soy col­cho­nero, me ale­gro de que en este caso Xabi Alonso haya tomado la deci­sión correcta.

José María de Pablo

José María de Pablo

Abo­gado

Abo­gado pena­lista, socio y res­pon­sa­ble del área de Dere­cho Penal del Bufete Mas y Cal­vet de Madrid. Espe­cia­li­zado en deli­tos eco­nó­mi­cos, así como en deli­tos infor­má­ti­cos, dopaje depor­tivo, des­cu­bri­miento de secre­tos y deli­tos con­tra el honor. Ha inter­ve­nido en des­ta­ca­dos pro­ce­sos judi­cia­les, como los casos Ban­kia, Tar­je­tas Black, Forum Fila­té­lico, Gowex, Palma Arena, Ope­ra­ción Galgo, Ope­ra­ción Púnica o el jui­cio por los aten­ta­dos del 11‑M.

Es pro­fe­sor en el Más­ter de acceso a la Abo­ga­cía de la Uni­ver­si­dad de Nava­rra. Ha escrito La Cuarta Trama, un libro sobre la inves­ti­ga­ción de los aten­ta­dos del 11‑M (Ed. Ciu­da­dela, 2009).

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