Derecho Fiscal – Impuestos

Hoy cual­quier acto habi­tual tiene trans­cen­de­cia fis­cal, y en oca­sio­nes con con­se­cuen­cias muy gra­vo­sas. Ade­más, para con­se­guir un deter­mi­nado fin el Dere­cho puede ofre­cer dis­tin­tas vías; pero los efec­tos fis­ca­les de unas y otras pue­den ser muy dis­tin­tas.

Por eso es impor­tante la pla­ni­fi­ca­ción fis­cal y tener un ade­cuado ase­so­ra­miento.

Rea­li­za­mos tus decla­ra­cio­nes y liqui­da­cio­nes de impues­tos (renta, renta de no resi­den­tes, patri­mo­nio, suce­sio­nes, dona­cio­nes, trans­mi­sio­nes patri­mo­nia­les, etc.), evi­ta­mos la doble impo­si­ción inter­na­cio­nal, impug­na­ción de com­pro­ba­ción de valo­res, etc.

Te repre­sen­ta­mos ante la Agen­cia Tri­bu­ta­ria (pro­ce­sos y recur­sos).

Planificación fiscal

La mayo­ría de los actos que se rea­li­zan en la esfera pri­vada tie­nen con­se­cuen­cias fis­ca­les, es decir, tri­bu­tan impues­tos. Y los impues­tos a pagar sue­len ser de cuan­tías ele­va­das, de modo tal que ha de ser un ele­mento impor­tante a con­si­de­rar.

Para con­se­guir un mismo resul­tado puede uti­li­zarse dis­tin­tas figu­ras jurí­di­cas. Pero cada una de esas figu­ras pue­den tri­bu­tar de modo dis­tinto, con lo que las dife­ren­cias eco­nó­mi­cas serán evi­den­tes. Por tanto es muy impor­tante saber cómo hacer las cosas para pagar menos impues­tos y que, en defi­ni­tiva, la ope­ra­ción tenga los cos­tes más bajos posi­bles.

Te ase­so­ra­mos cómo rea­li­zar cual­quier acto para que pueda obte­ner un aho­rro en el pago de los impues­tos. Igual­mente rea­li­za­mos simu­la­cio­nes en las que ana­li­za­mos dis­tin­tos supues­tos y dis­tin­tas solu­cio­nes para que pue­das tomar las deci­sio­nes más ade­cua­das a tus nece­si­da­des.

Protección del patrimonio

La tenen­cia de un patri­mo­nio, sea cual sea su tamaño, con­lleva car­gas fis­ca­les de con­si­de­ra­ción. Su trans­mi­sión tam­bién puede supo­ner un des­em­bolso impor­tante tan solo por el con­cepto de impues­tos.

Opti­mi­za­mos para ti esa carga fis­cal tanto en el man­te­ni­miento del patri­mo­nio como en su trans­mi­sión.

Ana­li­za­mos la natu­ra­leza de los bie­nes, su uso y des­tino y la situa­ción per­so­nal y fami­liar que pue­das darle para poder pro­te­ger tu patri­mo­nio. Le damos forma jurí­dica para sacar el mejor par­tido a los bene­fi­cios fis­ca­les (tanto en el Impuesto sobre la Renta, como en el Impuesto sobre el Patri­mo­nio y el Impuesto sobre Suce­sio­nes y Dona­cio­nes).

Liquidación de impuestos

Rea­li­za­mos todas tus decla­ra­cio­nes de impues­tos y decla­ra­cio­nes infor­ma­ti­vas, estu­diando pre­via­mente tus cir­cuns­tan­cias per­so­na­les para apli­car todos los bene­fi­cios posi­bles.

Entre otros, los siguien­tes impues­tos:

  • Renta de las Per­so­nas Físi­cas
  • Renta de los No Resi­den­tes
  • Suce­sio­nes y Dona­cio­nes
  • Patri­mo­nio
  • Trans­mi­sio­nes Patri­mo­nia­les y Actos Jurí­di­cos Docu­men­ta­dos
  • Incre­mento del Valor de los Terre­nos de Natu­ra­leza Urbana (Plus Valia)

No residentes

Tene­mos una amplia expe­rien­cia en la apli­ca­ción del Impuesto sobre la Renta de los No Resi­den­tes, tanto con esta­ble­ci­miento per­ma­nente como sin él.

Si eres no resi­dente, te ase­so­ra­mos sobre la forma jurí­dica de tu patri­mo­nio en España, cómo man­te­nerlo y cómo trans­mi­tirlo.

Rea­li­za­mos las corres­pon­dien­tes liqui­da­ción de los dis­tin­tos hechos impo­si­ti­vos del Impuesto.

Procesos contra Hacienda

Inter­ve­ni­mos en pro­ce­sos con­tra la Agen­cia Tri­bu­ta­ria, del Estado, de las comu­ni­da­des autó­no­mas o loca­les, en defensa de tus intere­ses:

  • Actas de ins­pec­ción
  • Decla­ra­cio­nes com­ple­men­ta­rias
  • Com­pro­ba­ción de valo­res
  • Escrito de ale­ga­cio­nes
  • San­cio­nes
  • Recur­sos

Fuera del ámbito admi­nis­tra­tivo, for­mu­la­mos Recla­ma­cio­nes Eco­nó­mico-Admi­nis­tra­ti­vas y Recur­sos Con­ten­cioso-Admi­nis­tra­ti­vos ante cual­quier ins­tan­cia.

Recu­rri­mos cual­quier acto de la Agen­cia Tri­bu­ta­ria que suponga para ti una dis­cri­mi­na­ción.

Rea­li­za­mos con­sul­tas tri­bu­ta­rias ante la Direc­ción Gene­ral de los Tri­bu­tos para obte­ner una res­puesta cer­tera a una situa­ción espe­cial que se te pueda plan­tear, y así tener la segu­ri­dad jurí­dica de cómo actuar.

Representación pasiva – activa

Es muy habi­tual que ini­ciado un pro­ceso por la Agen­cia Tri­bu­ta­ria el sujeto pasivo no tenga cono­ci­miento de su exis­ten­cia. Las cau­sas suele ser un cam­bio de domi­ci­lio no comu­ni­cado, una ausen­cia del domi­ci­lio, etc. Lo cierto es que el pro­ceso admi­nis­tra­tivo con­ti­núa, la per­sona intere­sada no puede defen­derse y ter­mi­nan embar­gán­dole sus bie­nes.

Para tu tran­qui­li­dad pode­mos cons­ti­tuir­nos en tus repre­sen­tan­tes ante la Agen­cia Tri­bu­ta­ria (y ante otros orga­nis­mos). Así, cual­quier noti­fi­ca­ción o comu­ni­ca­ción es remi­tida a nues­tro Des­pa­cho y ten­drás per­fecto y pun­tual cono­ci­miento de todos los actos admi­nis­tra­ti­vos.

Reci­bida la noti­fi­ca­ción, nues­tra repre­sen­ta­ción pasiva se con­vierte en activa con­tes­tando opor­tu­na­mente lo reque­rido por la admi­nis­tra­ción.

Contacta con nosotros

Para hacer una con­sulta, pedir infor­ma­ción o soli­ci­tar un pre­su­puesto, pue­des con­tac­tar con noso­tros por email o telé­fono

Establecimiento permanente, sucursal y filial: principales diferencias

España es un lugar atrac­tivo para vivir, para inver­tir, y tam­bién expan­dir un nego­cio ya exis­tente en el extran­jero.
Las opcio­nes para expan­dir un nego­cio en España son varias. Hay que con­si­de­rar, a la hora de tomar una deci­sión, varios aspec­tos que influ­yen en la fis­ca­li­dad y exi­gen­cias mer­can­ti­les

Hacienda: Intento ineficaz de la notificación en el domicilio fiscal

Los inten­tos de noti­fi­ca­ción prac­ti­ca­dos en el domi­ci­lio fis­cal del obli­gado son de dudosa efi­ca­cia si ya se había inten­tado prac­ti­car otra noti­fi­ca­ción en el mismo lugar con resul­tado des­co­no­cido.
Desde que el deu­dor resultó des­co­no­cido en su domi­ci­lio fis­cal, este lugar pasó a ser de dudosa efi­ca­cia a efec­tos de noti­fi­ca­cio­nes, con inde­pen­den­cia de que el obli­gado no haya comu­ni­cado su cam­bio de domi­ci­lio.

Residentes fiscales en España con rentas procedentes de Finlandia

Si una per­sona física es resi­dente fis­cal en España, deberá tri­bu­tar aquí todas sus ren­tas. De acuerdo con el Con­ve­nio entre España y Fin­lan­dia, así tri­bu­tan las dis­tin­tas ren­tas.

Impuesto sobre Sucesiones (Andalucía). Planificación fiscal de la herencia

La pla­ni­fi­ca­ción de la heren­cia tiene dos obje­ti­vos: desde la pers­pec­tiva civil deter­mi­nar el des­tino de los bie­nes, y desde la pers­pec­tiva fis­cal pagar una cuota tri­bu­ta­ria lo más baja posi­ble. Aquí expo­ne­mos la apli­ca­ción del Impuesto sobre Suce­sio­nes en Anda­lu­cía.

Tributación de sucesiones y donaciones en Finlandia

Conozca cómo tri­bu­tan las suce­sio­nes y las dona­cio­nes en Fin­lan­dia: quie­nes son suje­tos pasi­vos, hecho impo­ni­ble, tarifa, pla­zos, etc.

Ilegalidad de la declaración de bienes en el extranjero (modelo 720)

Para poder exi­gir la decla­ra­ción de bie­nes rela­tiva al ejer­ci­cio 2021, el Estado espa­ñol debe modi­fi­car la actual legis­la­ción, cosa que ya está en trá­mite. Las modi­fi­ca­cio­nes se cen­tran espe­cial­mente en el apar­tado san­cio­na­dor, mode­rán­dola a la vista del vara­palo dado por el Tri­bu­nal de Jus­ti­cia de la Unión Euro­pea.

Procedimientos especiales de revisión en el ámbito tributario

Cuando un acto admi­nis­tra­tivo no es con­forme a ley, pro­cede su revi­sión. En mate­ria tri­bu­ta­ria, den­tro de los pro­ce­di­mien­tos para ello en vía admi­nis­tra­tiva están los pro­ce­di­mien­tos espe­cia­les de revi­sión.

Impuesto sobre Donaciones. Algunas reglas especiales

El Impuesto sobre Dona­cio­nes cuenta con muchos supues­tos espe­cia­les. Aquí hace­mos refe­ren­cia a cua­tro casos muy habi­tua­les en la prác­tica.

El representante del no residente

Las per­so­nas no resi­den­tes en España pero que ten­gan que tri­bu­tar en España han de tener un repre­sen­tante. Según el caso puede ser obli­ga­to­rio o no, pero siem­pre es reco­men­da­ble por la segu­ri­dad y tran­qui­li­dad del cum­pli­miento volun­ta­rio de las obli­ga­cio­nes fis­ca­les y evi­tar recar­gos y san­cio­nes.

Teoría del doble tiro: ¿Puede Hacienda volver a liquidar tras una liquidación anulada por un Tribunal?

Puede ser bas­tante frus­trante ver cómo des­pués de haber con­se­guido la anu­la­ción de una liqui­da­ción de impues­tos por un Tri­bu­nal, Hacienda vuelve a liqui­darlo. Es la teo­ría del doble tiro. ¿Es posi­ble?

Valoración del ajuar doméstico

El Supremo recon­si­dera el cri­te­rio para su cálculo: solo se con­si­de­ra­rán aque­llos bie­nes que pue­dan afec­tarse, por su iden­ti­dad, valor y fun­ción, al uso par­ti­cu­lar o per­so­nal del cau­sante.

Hacienda: recurso de reposición y providencia de apremio

Tri­bu­nal Supremo: cuando pende ante la Admi­nis­tra­ción un recurso o impug­na­ción admi­nis­tra­tiva no puede dic­tar pro­vi­den­cia de apre­mio sin resol­ver antes ese recurso de forma expresa

Valor de las actas con acuerdo de la inspección tributaria

Un pro­ceso de ins­pec­ción tri­bu­ta­ria puede fina­li­zar mediante la firma de un acta con acuerdo. Las actas con acuerdo pue­den ser pro­pues­tas como ele­mento pro­ba­to­rio en los pro­ce­sos que sean tra­mi­ta­dos por una admi­nis­tra­ción dis­tinta de aqué­lla que sus­cri­bió.

Covid-19 y fiscalidad internacional (tributación de personas físicas)

Los cam­bios excep­cio­na­les debido a la cri­sis Covid-19 puede alte­rar la tri­bu­ta­ción de un tra­ba­ja­dor que ejerce su acti­vi­dad por cuenta ajena (o de un pro­fe­sio­nal que desa­rro­lla sus acti­vi­da­des por cuenta pro­pia) con arre­glo a las nor­mas actua­les pre­vis­tas a nivel domés­tico y en los con­ve­nios para evi­tar la doble impo­si­ción (CDI)

Requisitos para que una entidad extranjera sea considera entidad en atribución de rentas en España

La Direc­ción Gene­ral de los Tri­bu­tos deter­mina cuándo una enti­dad cons­ti­tuida en el extran­jero tiene la con­si­de­ra­ción de enti­dad en atri­bu­ción de ren­tas a los efec­tos de la nor­ma­tiva fis­cal espa­ñola

Residencia fiscal de las personas físicas

La deter­mi­na­ción de la resi­den­cia fis­cal de una per­sona pro­duce un efecto sus­tan­cial en el modo de la tri­bu­ta­ción de su renta. Varios Esta­dos pue­den gra­var su renta, y cada uno de varias for­mas.

El estatuto fiscal (opcional) de los trabajadores impatriados

Se trata de un régi­men fis­cal espe­cial creado para la venida de emplea­dos cua­li­fi­ca­dos que pro­por­ciona nota­bles ven­ta­jas: tri­bu­tar solo por la renta obte­nida en España a un tipo fijo muy infe­rior en vez de tri­bu­tar por toda su renta apli­cando una tarifa pro­gre­siva

La planificación patrimonial

La pla­ni­fi­ca­ción patri­mo­nial nos per­mite opti­mi­zar el patri­mo­nio (grande o pequeño), con­ser­varlo, admi­nis­trarlo y garan­ti­zar su trans­fe­ren­cia a la siguiente gene­ra­ción.

La comprobación de valores y la sentencia del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 2018

La sen­ten­cia del Tri­bu­nal Supremo de 23 de mayo de 2018 deter­mina que el método de apli­ca­ción de coefi­ciente mul­ti­pli­ca­dor no es sufi­ciente para cal­cu­lar el valor real en una com­pro­ba­ción de valo­res

Motivación de las sanciones de Hacienda

La Agen­cia Tri­bu­ta­ria puede impo­ner san­cio­nes, y de hecho las acuerda habi­tual­mente al menor fallo que el con­tri­bu­yente haya podido come­ter en alguna decla­ra­ción de impues­tos. Pero tales san­cio­nes han de estar sufi­cien­te­mente moti­va­das, caso con­tra­rio reco­men­da­mos a nues­tros clien­tes recu­rrir­las.

Cómo contar los días de un plazo

Cómo con­tar el plazo para devol­ver algo que he com­prado? O cómo con­tar el plazo para con­tes­tar un reque­ri­miento, o inter­po­ner un recurso? … O como hacerlo cuando he de noti­fi­car la reso­lu­ción del con­trato de arren­da­miento?

10 razones para consultar con un abogado

Enun­cia­mos diez razo­nes por las que muchas per­so­nas no acu­den a un abo­gado a tiempo, que se con­vier­ten real­mente en diez razo­nes para con­sul­tar con un abo­gado