no te preo­cu­pes, noso­tros nos ocu­pa­mos

Sabe­mos que las per­so­nas nece­si­tan segu­ri­dad y tran­qui­li­dad en todos los ámbi­tos, y dado que en la vida dia­ria moderna cual­quier acto tiene tras­cen­den­cia jurí­dica, ofre­ce­mos ser­vi­cios jurí­di­cos de alta cali­dad a par­ti­cu­la­res y empre­sas en la pre­ven­ción y reso­lu­ción de con­flic­tos lega­les gra­cias a nues­tra impor­tante expe­rien­cia com­bi­nada con nues­tra per­ma­nente for­ma­ción ante las nove­da­des jurí­di­cas y nece­si­da­des socia­les.

Abor­da­mos tu caso con una visión glo­bal sobre la estra­te­gia a seguir para obte­ner la mejor solu­ción de acuerdo con tus intere­ses, tanto jurí­di­cos como eco­nó­mi­cos.

Apli­ca­mos el ase­so­ra­miento jurí­dico pre­ven­tivo evi­tán­dote situa­cio­nes no desea­das. Esta­mos a tu lado antes de rea­li­zar un acto con trans­cen­den­cia legal (fir­mar un con­trato de arren­da­miento, otor­gar un tes­ta­mento, com­prar una vivienda, puesta en mar­cha de un nego­cio, etc.). Para todos los actos jurí­di­cos te reco­men­da­mos tomar ase­so­ra­miento legal pre­via­mente.

Tam­bién actua­mos ante los Tri­bu­na­les para la reso­lu­ción de con­flic­tos de cual­quier natu­ra­leza.

El ser­vi­cio que te pres­ta­mos está mar­cado por la inde­pen­den­cia de nues­tros miem­bros, pre­si­dido por su ética, inte­gri­dad, con­fi­den­cia­li­dad y trans­pa­ren­cia, con un trato cer­cano y de con­fianza con­tigo.

Con­tra­ta­ción (com­pra-venta, arren­da­mien­tos), ins­crip­ción en el Regis­tro de la Pro­pie­dad, decla­ra­ción de domi­nio, comu­ni­da­des, etc.

Hay dos suer­tes de rela­cio­nes entre los hom­bres, las unas regi­das por el dere­cho, las otras por la fuerza. Son de tal natu­ra­leza que siem­pre donde las unas cesan comien­zan las otras

John Locke (1632 – 1704)

Filó­sofo y médico

En el año 384 Aure­lius Augus­ti­nus Hip­po­nen­sis (luego san Agus­tín) estaba refle­xio­nando en el jar­dín de la casa de su amigo Ali­pio. Sin encon­trar salida a su cri­sis exis­ten­cial escu­chó la voz de un niño de una casa vecina que dijo “tolle et lege” (que en espa­ñol sig­ni­fica toma y lee). Cogió un libro, lo abrió y leyó. Enton­ces se des­va­ne­cie­ron todas las som­bras y dudas.

Espe­ra­mos orien­tar a nues­tros lec­to­res en el siem­pre com­plejo mundo jurí­dico.

Pacto sucesorio de promesa de mejorar o no mejorar (art. 826 CC)

Pacto sucesorio de promesa de mejorar o no mejorar (art. 826 CC)

La pro­mesa de mejo­rar o no mejo­rar es un pacto suce­so­rio que puede ser útil en situa­cio­nes de matri­mo­nios con hijos de rela­cio­nes ante­rio­res o tam­bién en caso de divor­cio para mejo­rar de manera defi­ni­tiva a los hijos comu­nes. Es una excep­ción única a la prohi­bi­ción gene­ral de los pac­tos suce­so­rios, por lo que es irre­vo­ca­ble sin mutuo acuerdo de las par­tes.

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