Plazo para devolución de una compra

por | 13 marzo 2016 | Con­su­mi­do­res

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Hemos visto ante­rior­mente cómo se compu­tan los pla­zos, y como ejem­plo pusi­mos la devo­lu­ción de una com­pra. Pero ¿cuál es el plazo para devol­ver una com­pra? La res­puesta es dis­tinta si se trata de una com­pra pre­sen­cial (en una tienda físi­ca­mente) o a dis­tan­cia (por telé­fono, inter­net, correo, etc.). Es lo que cono­ce­mos como Dere­cho de Desis­ti­miento, y todo lo rela­tivo a ello se llama Polí­tica de Devo­lu­cio­nes.

En las com­pras pre­sen­cia­les, el Dere­cho de Desis­ti­miento de com­pras por parte del com­pra­dor solo existe si el ven­de­dor pre­via­mente lo regula en su Polí­tica de Devo­lu­cio­nes

Artículo 68 de la Ley Gene­ral para la Defensa de los Con­su­mi­do­res y Usua­rios, apro­bada por el Real Decreto Legis­la­tivo 1/2007, de 16 de noviem­bre:
1. El dere­cho de desis­ti­miento de un con­trato es la facul­tad del con­su­mi­dor y usua­rio de dejar sin efecto el con­trato cele­brado, noti­fi­cán­do­selo así a la otra parte con­tra­tante en el plazo esta­ble­cido para el ejer­ci­cio de ese dere­cho, sin nece­si­dad de jus­ti­fi­car su deci­sión y sin pena­li­za­ción de nin­guna clase.
Serán nulas de pleno de dere­cho las cláu­su­las que impon­gan al con­su­mi­dor y usua­rio una pena­li­za­ción por el ejer­ci­cio de su dere­cho de desis­ti­miento.
2. El con­su­mi­dor ten­drá dere­cho a desis­tir del con­trato en los supues­tos pre­vis­tos legal o regla­men­ta­ria­mente y cuando así se le reco­nozca en la oferta, pro­mo­ción publi­ci­dad o en el pro­pio con­trato.

Compras realizadas presencialmente en la tienda

Es la com­pra clá­sica que rea­li­za­mos en la tienda físi­ca­mente, con trato directo con el ven­de­dor. En estos casos, aun­que muchos pien­sen lo con­tra­rio, no existe plazo legal de devo­lu­ción de los pro­duc­tos, pues el com­pra­dor no tiene dere­cho legal a devol­ver­los. Lo que ocu­rre en la prác­tica es que en todos (o casi todos) los esta­ble­ci­mien­tos se acepta la devo­lu­ción, some­tién­dola a las con­di­cio­nes que el comer­ciante esta­blece. Es decir, el dere­cho de desis­ti­miento solo ope­rará si así lo admite el ven­de­dor, y en plazo que él decida. Por tanto, hemos de acep­tar la polí­tica de devo­lu­cio­nes del esta­ble­ci­miento, polí­tica que ten­drá que tener a la vista del público o rese­ña­das en la fac­tura o tic­ket de la com­pra.

En las compras presenciales, el Derecho de Desistimiento de compras por parte del comprador solo existe si el vendedor previamente lo regula en su Política de Devoluciones

En las com­pras pre­sen­cia­les, el Dere­cho de Desis­ti­miento de com­pras por parte del com­pra­dor solo existe si el ven­de­dor pre­via­mente lo regula en su Polí­tica de Devo­lu­cio­nes

La polí­tica de devo­lu­cio­nes con­ten­drá, esen­cial­mente, men­ción sobre las siguien­tes con­di­cio­nes:

  • Plazo para la devo­lu­ción (si es en días y no se indica lo con­tra­rio, son días natu­ra­les).
  • Requi­si­tos de la devo­lu­ción (estado del pro­ducto, pre­sen­ta­ción del tic­ket, etc.), con exclu­sión de deter­mi­na­dos bie­nes (por ejem­plo, los hechos a medida, aque­llos que por razo­nes de higiene no se acon­seja la devo­lu­ción, etc.).
  • Modo de devo­lu­ción del pre­cio pagado: Puede ser la misma forma en que se realizó el pago (metá­lico, tar­jeta, etc.) o bien mediante un vale para can­jear en com­pra pos­te­rior. El comer­ciante no puede devol­ver menos can­ti­dad que el pre­cio pagado.

Compras a distancia

A dife­ren­cia de las com­pras pre­sen­cia­les, cuando la com­pra se rea­liza a dis­tan­cia (com­pras por telé­fono, com­pras por inter­net, etc.) el com­pra­dor tiene dere­cho de desis­tir de la com­pra en el plazo de 14 días natu­ra­les (o más si lo esta­blece el ven­de­dor) desde que reci­bió el pro­ducto com­prado, sin pena­li­za­ción alguna (salvo el coste de la devo­lu­ción de la mer­can­cía com­prada) y sin tener que ale­gar causa. Este dere­cho se fun­da­menta en la pro­tec­ción al com­pra­dor, quien no ha podido exa­mi­nar directa y físi­ca­mente el pro­ducto com­prado.

En las compras realizadas por internet, el comprador tiene derecho a devolver lo comprado en el plazo de al menos catorce días naturales

En las com­pras rea­li­za­das por inter­net, el com­pra­dor tiene dere­cho a devol­ver lo com­prado en el plazo de 14 días natu­ra­les desde que reci­bió lo com­prado

El ven­de­dor deberá infor­mar por escrito al com­pra­dor de manera clara, com­pren­si­ble y pre­cisa, del dere­cho de desis­tir del con­trato y de los requi­si­tos y con­se­cuen­cias de su ejer­ci­cio, inclui­das las moda­li­da­des de res­ti­tu­ción del bien o ser­vi­cio reci­bido. Para rea­li­zar la devo­lu­ción, deberá entre­gar, ade­más, un docu­mento de desis­ti­miento que exprese el nom­bre y direc­ción de la per­sona a quien debe enviarse el pro­ducto a devol­ver y los datos de iden­ti­fi­ca­ción del con­trato y de los con­tra­tan­tes a que se refiere.

Como hemos dicho, el plazo para la devo­lu­ción será de al menos 14 días natu­ra­les, pero si el ven­de­dor no hubiera cum­plido con el deber de infor­ma­ción y docu­men­ta­ción sobre el dere­cho de desis­ti­miento expuesto en el párrafo ante­rior, el plazo para su ejer­ci­cio fina­li­zará doce meses des­pués de la fecha de expi­ra­ción del periodo de desis­ti­miento ini­cial. En cual­quier caso, una vez ejer­cido el dere­cho de desis­ti­miento, el ven­de­dor ha de devol­ver el pre­cio pagado por el com­pra­dor ínte­gra­mente (sin reten­cio­nes nin­gún tipo) en el plazo de 14 días natu­ra­les (trans­cu­rrido el plazo, el com­pra­dor puede recla­mar al ven­de­dor el pre­cio pagado dupli­cado).

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